CONSIDERACIONES A SABER SOBRE DECRETO 2025 DE 1996

Consideraciones a saber sobre decreto 2025 de 1996

Consideraciones a saber sobre decreto 2025 de 1996

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En tanto se apruebe la índole de Presupuestos Generales del Estado para el año 2025, se aplicarán las siguientes normas para la revalorización de pensiones y otras prestaciones públicas.

No se consideran subvencionables los vehículos de segunda mano ni los adquiridos mediante fórmulas jurídicas que no transfieran la propiedad del transporte a la persona beneficiaria.

A continuación, se presentan los decretos y resoluciones que son obligatorios y deben estar incluidos en una matriz de requisitos legales actualizada para el año 2025:

Artículo 61. Determinación de los ingresos procedentes del uso de abonos o títulos de transporte multiviaje respecto del total de ingresos de los servicios de transporte.

Nuevas obligaciones: La matriz legal debe incluir nuevas obligaciones y requisitos que se establezcan en la normatividad.

Que de conformidad con el artículo 145 de la Condición 1955 de 2019, el monto de las tarifas de renovación que deben sufragarse a favor de las cámaras de comercio lo fija el Gobierno nacional, según tarifas diferenciales en función del monto de los activos o de los ingresos de actividades ordinarias del comerciante o del establecimiento de comercio, según sea el caso, con saco en el criterio más favorable para la formalización de las empresas.

c) Se procederá al reintegro total en el supuesto de no remitir la acreditación acerca del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 5 del presente Existente decreto-calidad o las auditoríTriunfador o certificados de la intervención de la entidad local o autonómica correspondiente, según el tipo de beneficiario, recogidos en apartado 3 preliminar, en el plazo de un año desde la solicitud oficial del mismo por parte de la Dirección Caudillo de Estrategias de Movilidad.

3. Durante el tiempo que permanezca la actividad suspendida se mantendrá el incorporación en el régimen particular correspondiente, quedando el trabajador autónomo exonerado de la obligación de cotizar. La exoneración del ingreso de las cuotas se extenderá hasta el 30 de junio de 2025, o hasta el último día del mes en el que se reinicie la actividad si fuese preliminar. El periodo durante el cual el trabajador autónomo esté exento de la obligación de cotizar se entenderá como cotizado y las cotizaciones que correspondan al mismo serán asumidas por las entidades con cargo a cuyos presupuestos se cubra la correspondiente prestación. La pulvínulo de cotización aplicable durante todo el periodo de percepción de esta prestación extraordinaria será en todo caso la establecida en el momento de inicio de dicha prestación.

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Se introduce una nueva disposición adicional novena en el Positivo Decreto-ley 20/2021, de 5 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo para la reparación de los daños ocasionados por las erupciones volcánicas y para la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma, con la siguiente redacción:

«6. La solicitud de compensación podrá presentarse hasta el 31 de enero de 2026, debiendo formular el titular de la resolución 0312 de 2019 de que trata vivienda una exposición razonada y justificada de la compensación que considere procedente sobre la base de los criterios indicados anteriormente.»

3. Renfe Viajeros, SME, SA, creará para cada origen-destino de los servicios ferroviarios de Media distancia que se presten tanto por la Nasa de encantado convencional, como por la de encantado métrico, declarados como obligación de servicio sabido por las administraciones competentes, incluyendo el servicio AVANT entre Ourense y A Coruña que se presta sobre la red de orgulloso convencional, el servicio AVANT entre el origen destino Madrid-Salamanca y el servicio de media distancia entre Alicante y Murcia prestado sobre la red de altas prestaciones y en el servicio Avant Exprés de Barcelona a Tortosa, excluido el origen destino Barcelona Tarragona, los siguientes abonos y títulos multiviaje:

Además, se prevé la posibilidad de que por acuerdo de Consejo de Ministros se establezcan los requisitos que deben cumplir los planes alternativos de transporte, en situaciones en las que por alguna incidencia la capacidad de circulación quede afectada, para el posible establecimiento de bonificaciones temporales en las tarifas, y su financiación.

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